LUCHA ANTITERRORISTA
La Justicia concluye que EKIN formaba parte de “las entrañas de ETA”

Por Antonio Pérez
4 min
España19-12-2007
La Audiencia Nacional ha propinado un duro golpe al entorno etarra al desmantelar, en una sentencia de más de mil folios, el entramado social e institucional y las redes de apoyo tradicionales de la banda terrorista. Los jueces determinan que los diversos grupos y asociaciones vinculadas a la izquierda abertzale no actuaban como satélites de ETA prestándoles su apoyo, sino que formaban parte de la banda.
En una sentencia que juzgaba a más de medio centenar de personas vinculadas con estas organizaciones, el tribunal presidido por Ángela María Murillo concluyó que la organización EKIN tomó el relevo de la extinta Koordinadora Abertzale Socialista (KAS), que no constituía “solo un conjunto de organizaciones satélites” de ETA, sino que “era parte de las entrañas” de la banda terrorista, según destaca la sentencia. En este sentido, la Audiencia Nacional considera que EKIN “no es cosa distinta” que KAS, pero bajo un “manto de aparente legalidad” después del auto de noviembre de 1998 que declaraba ilícitas las actividades de KAS. Los jueces aseguran que EKIN “integra una parte de la organización terrorista ETA” y subrayan que no es, por lo tanto, “simplemente una organización que le preste su apoyo”. Del mismo modo, la sentencia considera que la asociación europea Xaki es “el aparato de relaciones internacionales” de ETA, en el que miembros de la ilegalizada Herri Batasuna-Euskal Herritarrok desempeñaban estas funciones en ciudades como París y Bruselas, así como en diversos países latinoamericanos. También la Fundación Joxemi Zumalabe tenía como objetivo “dinamizar los movimientos populares” en el País Vasco y Navarra y, según los jueces de la Audiencia Nacional, colaboró de manera decisiva con ETA al impulsar la desobediencia civil como “otra forma de lucha complementaria a la ejercida por el brazo armado, el frente de masas y el frente mediático de la organización criminal”. Si bien el tribunal considera que esta función no formaba parte de la banda terrorista, sí que colaboró con ella arropando la lucha armada y la lucha de masas. En el texto jurídico se repasa toda la trayectoria de estas organizaciones desde el desdoblamiento de ETA que, si bien en un principio aparecía representada sólo por un frente militar, lo cierto es que este frente “controlaba de forma férrea” a los organismos e instituciones que se integraron en KAS, una agrupación que defendía, desde otros ámbitos y por otros medios, los mismos objetivos que el frente militar de la banda. Bajo el paraguas de KAS, ETA ejercía el control de un “conjunto de estructuras para su funcionamiento en la sociedad” que englobaba varias actividades, sociedades, asociaciones y organizaciones “al servicio de la acción terrorista en la vida civil”. Asimismo, la sentencia también se hace referencia a que el acoso policial y judicial a ETA en Francia desde mediados de los ochenta supuso que la banda terrorista transfiriera a KAS algunas de sus funciones como el control sobre los colectivos de presos, refugiados y deportados, así como las relaciones exteriores y algunos métodos de coacción y violencia y las finanzas. Según la Justicia, ETA tenía un as en la manga antes del auto de 1998 en el que se ilegalizó KAS, ya que buscó la formación de una organización que la sustituyera, pero que tuviera encaje legal. MÁS DE 500 AÑOS PARA LOS DIRIGENTES Tras el análisis de la situación de estas redes sociales de apoyo a la banda, la sentencia de este juicio que comenzó en noviembre de 2005 condena a importantes penas a 47 personas –de las 52 procesadas-, como integrantes o colaboradores de ETA, que suman más de quinientos años de prisión. De esta manera, se avalan las actuaciones del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, responsable del auto de 1998 y defensor de la tesis de que los diversos frentes de ETA van más allá del militar y que la banda controla también otros brazos como el político, financiero, mediático (formado, entre otros, por el diario Egin y la emisora Egin Irratia) y social. En el caso del periódico Egin, los jueces consideran que la publicación se empleaba para apuntar a determinados objetivos y que, incluso, facilitaba información a ETA. Además, el diario servía para que miembros de la banda mantuvieran el contacto y facilitaba también operaciones destinadas al blanqueo de dinero. Las sociedades y organizaciones vinculadas a estos otros frentes estaban subordinados a la banda terrorista, que controlaba a las personas que los dirigían. De hecho, según explica la sentencia, la lucha de estos frentes debía mantenerse durante periodos de tregua, dado que lo único que cesaba durante ese tiempo eran las acciones armadas. De los condenados, Mikel Zuluaga, Nekane Txapartegi e Inmaculada Berriozábal se encuentran en búsqueda y captura, y uno de ellos, José Luis Elkoro, no ingresará en prisión debido a su estado de salud a pesar de que la sentencia le condena a la mayor pena impuesta en este juicio: 24 años de cárcel. Las penas a los condenados varían entre los dos y los 24 años de prisión, mientras que once dirigentes de KAS, EKIN y XAKI han sido condenados a entre 13 y 18 años de cárcel. Esta resolución judicial se hace pública precisamente después del cambio de estrategia del Gobierno con el entorno de la banda terrorista, después de que ETA diera por finalizada la tregua con el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero, atentara en la T-4 del madrileño aeropuerto de Barajas causando la muerte de dos ciudadanos ecuatorianos y matara en Francia a dos guardias civiles. En este sentido, supone un precedente importante ante el enjuiciamiento de otros asuntos relacionados también con el entorno de la banda terrorista, como el caso de las Gestoras pro Amnistía, el caso de las denominadas herriko tabernas o la posibilidad de ilegalizar al Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV) y a Acción Nacionalista Vasca (ANV).