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Tribunales

Los padres de Marta del Castillo piden la nulidad del Supremo

Por Adriana RobledoTiempo de lectura2 min
Sociedad06-03-2013

En enero de 2009, el pasado de la joven sevillana Marta del Castillo desaparecía sin dejar pistas. El cuerpo aún no ha sido encontrado pues los posibles participantes del caso dieron distintas versiones sobre el paradero del cuerpo. La primera afirmación fue que se encontraba en el rio Guadalquivir pero después de peinar la zona durante días, se decretó que su cuerpo no estaba allí. La familia decidió convocar manifestaciones, mediante el uso de una red social, bajo el lema “Todos somos Marta” que fue secundada por un gran número de personas.

Los padres de Marta del Castillo han requerido la nulidad de la sentencia dictaminada por el Tribunal Supremo (TS) a principios del pasado mes de febrero. En la resolución del caso se desechaba la posibilidad de repetir el juicio por estos hechos además de anunciar un fallo contra Samuel Benítez, absuelto por la Audiencia Provincial de Sevilla y añadir un año más a los 21 que tiene que cumplir el asesino confieso, Manuel Carcaño. A finales del mes de febrero el abogado de los padres de Marta entregó un incidente de nulidad ante la Sala Segunda donde pedía la nulidad de la sentencia promulgada por el TS y que las actuaciones se atrasen hasta antes del momento del fallo por parte de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, anunciando otra sentencia por otra sala diferente. Los padres de Marta han solicitado la desestimación de los magistrados de la sección Séptima de la Audiencia, quienes manifestaron la primera sentencia, y que, según el letrado, pueden estar “contaminados” y no estarían en plenas facultades para dictar una nueva sentencia contra Samuel Benítez. Por su parte, el Supremo no se ha hecho declaraciones por el momento sobre la demanda de los padres. Además el incidente excepcional se planteó a finales del mes de febrero. En el fallo la Sala de lo Penal del Supremo mandó que la Audiencia Provincial reexaminase el caso de Samuel que fue absuelto de encubrir el crimen por parte de la Sección Séptima pues juzga que fue “arbitraria” e “ilógica” situar la salida del cadáver de la vivienda localizada en León XIII a las 22:15 horas del 24 de enero de 2009. El Supremo considera que la valoración de la Audiencia fue “ilógica” conforme a las pruebas existentes con respecto a la salida de la hora del cadáver de la casa de León XIII. Por lo tanto, "debe ser el mismo Tribunal el que debe volver a valorar dichos elementos" y anunciar un nuevo pronunciamiento sobre este hecho para “reexaminar la posible participación como encubridor" del joven, mediante la "libertad de criterio y respeto por las reglas de la lógica".