ANIMALES DOMÉSTICOS
Los dueños de perros peligrosos deberán poseer una licencia especial
Por Alba Rodríguez1 min
Sociedad28-03-2002
Los propietarios de cualquier animal doméstico catalogado como potencialmente peligroso deberán tener, a partir de ahora, una licencia que les acredite como aptos para su posesión. Un real decreto aprobado el pasado viernes 22 de marzo en el Consejo de ministros -y que entró en vigor el jueves día 28- ha fijado para el próximo 30 de julio la fecha límite antes de la cual todos los propietarios de animales de razas peligrosas deberán solicitar esta licencia obligatoria.
La norma afecta a los perros pertenecientes a las razas Pit Bull, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu; así como a todos sus cruces. Por otra parte, tendrán también la consideración de peligrosos todos aquellos animales que reúnan una serie de características físicas, como pueden ser un peso superior a 20 kilogramos y un perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros, una cabeza voluminosa, una fuerte musculatura, una mandíbula grande y una boca profunda, un cuello corto o un gran valor y resistencia y un marcado carácter. Por otra parte, entran también en esta clasificación aquellos animales cuya peligrosidad haya sido determinada por la autoridad competente basándose en un carácter marcadamente agresivo, o por haber protagonizado ataques a personas o a otros animales. No todo el mundo podrá, sin embargo, obtener esta licencia obligatoria. En un principio se exige la mayoría de edad y, a partir de ahí, es preciso que el futuro propietario no haya sido condenado por ningún delito y que disponga de la capacidad física y la aptitud psicológica necesaria para la tenencia de estos animales y su manejo. Se incluye, asimismo, la obligatoriedad de acreditar la formalización de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a 120.000 euros. Una vez cumplidos estos requisitos, se obtendrá una licencia con validez de cinco años, que podrá ser renovada por periodos sucesivos de igual duración.