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LEY DEL MENOR

La Ley del Menor acoge a los jóvenes entre 18 y 21 años con delitos leves

Por Elena R. BlázquezTiempo de lectura2 min
Sociedad22-06-2006

El reconocimiento del derecho de las víctimas es la causa de que la Ley del Menor se endurezca con diez años de internamiento. Pero sigue primando el interés del menor, por eso se persigue su reinserción y se flexibiliza su aplicación hasta los 21 años.

El aumento de los delitos cometidos por menores ha causado la alarma social y la sensación de impunidad de los delincuentes. No ha aumentado significativamente el número de infracciones, pero las ocurridas han repercutido más intensamente entre la sociedad. Así, la modificación de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor intenta que las sanciones sean más proporcionadas a la gravedad de los delitos. Por esta razón, los supuestos de violación, asesinato o terrorismo se castigan con ocho años de internamiento, y diez en caso de reincidencia. Ante delitos de terrorismo, además, el proceso se llevará a cabo en el Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional. Si el menor pertenece a una banda puede ser internado aunque el delito que haya cometido no sea grave ni violento. Además, se contempla la posibilidad de que el menor que cumpla 18 años dentro de un reformatorio sea enviado a la cárcel si su condena no se ha terminado. Al cumplir los 21 años, el traslado es automático, salvo excepciones que sustituyan o modifiquen la medida. El artículo cuatro de la ley protege especialmente el derecho de las víctimas y perjudicados. Éstos serán informados en todo momento de las resoluciones que afecten a sus intereses, incluso aunque no hayan estado presentes en el procedimiento. Se impondrán órdenes de alejamiento de la víctima y sus familiares, de sus domicilios, centros de educación y lugares de trabajo, para evitar que quien sufra acoso escolar tenga que cambiar de colegio. También por el interés de los perjudicados, se reforma paralelamente la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de forma que los menores víctimas o testigos de un delito no tendrán confrontación visual con el acusado, por lo que las declaraciones se realizarán a través de un espejo unidireccional o de un circuito cerrado de vídeo. En algunos casos, la Ley del Menor es más flexible para acoger también a los mayores de 18 y hasta 21 años que no sean reincidentes y que hayan cometido una falta o un delito menos grave. Además, con el interés de que el delincuente menor de edad lleve a cabo un proceso unitario de reinserción, se encarga a un mismo juez que ejecute todas las condenas que recaigan sobre él. Una de las críticas que ha recibido esta reforma es la falta de financiación para poner en marcha las nuevas medidas, aunque el texto incluye una disposición en la que encarga al Consejo de Política Fiscal y Financiera que evalúe el gasto que tendrán que hacer frente las Comunidades Autónomas, las responsables de ejecutar las sanciones.

Fotografía de Elena R. Blázquez