ENERGÍA
Las eléctricas deberán indemnizar por los apagones del año pasado
Por Javier de la Fuente
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Economía19-06-2004
A partir de ahora no bastará con pedir perdón a los consumidores. Una nueva ley establece que las eléctricas son responsables del fallo en el servicio a éstos. Bien sea por inclemencias meteorológicas o porque en una determinada zona se pongan todos los ciudadanos de acuerdo en encender la calefacción, las compañías eléctricas deberán responsabilizarse del buen suministro de energía.
Así ocurre con el resto de empresas. Existen leyes que amparan al consumidor en caso de negligencia, dolo o mal servicio. Sin embargo, hasta ahora el consumidor en el sector energético se veía desprotegido. La legislación sobre calidad de suministro eléctrico establece que las compañías distribuidoras deben disponer, desde abril del año 2003, de un sistema de registro de incidencias para aplicar los correspondientes descuentos en la factura a aquellos consumidores que hayan sufrido un apagón de luz. La ley daba un plazo máximo de un año para que las distribuidoras dispusieran del mencionado sistema de registro de incidencias y fijaba el 1 de enero del presente año como fecha a partir de la cual las compañías podían empezar a contabilizar los cortes en el suministro para un futuro descuento.