CONSEJO DE MINISTROS
La nueva Ley de Grandes ciudades permitirá a los electos entrar en los ayuntamientos
Por Raúl Romero Martín
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España06-06-2003
Así, el proyecto aprobado incluye dos grandes bloques de medidas: las que afectarán a todos los municipios y las que servirán para modificar el régimen de las grandes ciudades.
A los efectos de esta ley quedan definidas como tales, según el ministro de Administraciones Públicas, Javier Arenas, las de más de 250.000 habitantes (Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Zaragoza, Málaga, Murcia, Las Palmas de Gran Canaria, Palma de Mallorca, Bilbao, Valladolid, Córdoba, Alicante, Vigo y Gijón) y las que superen los 200.000 y sean capitales de provincia (A Coruña, Granada, Vitoria, Santa Cruz de Tenerife y Oviedo). El ministro añadió que la intención del Gobierno es que estas medidas "experimentales" puedan en un futuro extenderse a todas las instituciones locales. La norma, que se tramitará por el procedimiento de urgencia y según Arenas podría entrar en vigor este mismo año, es fruto de un consenso con el PSOE y ha sido objeto de reuniones con todas las fuerzas políticas y alcaldes de la principales ciudades, según recordó Arenas, quien expresó su deseo de que pueda perfeccionarse también desde el "consenso muy amplio" que confía obtener en el Congreso y el Senado. El objetivo del proyecto es modernizar los Ayuntamientos, incrementar su capacidades de gestión y darles instrumentos para "prestar más y mejores servicios a los ciudadanos".En el capítulo dedicado a las grandes ciudades se configura el Gobierno municipal como verdadero órgano ejecutivo de los asuntos públicos locales integrado por el alcalde y la Junta del Gobierno Local. Las Juntas de Gobierno no podrán estar formadas por más de un tercio de los miembros que tenga el conjunto de la corporación y, dentro de ellas, podrá haber personas que no reúnan la condición de concejal siempre que sean menos de la mitad del total. Se configura el Pleno -que podrá presidir el alcalde o el concejal en quien éste delegue- como órgano al que le corresponderá el control y fiscalización de las actuaciones del Gobierno municipal además del ejercicio de la potestad normativa. Por lo que respecta a las modificaciones que afectan a todos los municipios, se arbitran mecanismos en materia de participación ciudadana y de defensa de los derechos de los vecinos, como la creación de una Comisión de Sugerencias y Reclamaciones; se incorpora al ámbito local la figura de las Entidades Públicas Empresariales, se agiliza el funcionamiento de la Comisión Nacional de Administración Local. La reforma no contempla por ahora tramitar la Carta Municipal de Barcelona y el estatuto de capitalidad de Madrid hasta que no "se alcance un nivel de acuerdo suficientemente alto", según Arenas. El ministro explicó que ese asunto ha sido analizado en profundidad por el Gobierno, que tenía dos opciones: incluirlos en la norma aprobada hoy o dedicarles normas específicas. Se optó por la segunda, subrayó el ministro, tras comprobar que no se había logrado "un nivel de consenso suficientemente alto" en torno a la Carta de Barcelona como para incluirla en este proyecto.