INTERNACIONAL
La UE insta a España y Reino Unido a retirar la "acción de oro"
Por Alejandra Redondo
2 min
Economía17-05-2003
El Tribunal de Justicia europeo ha condenado a España y Reino Unido a retirar, en un plazo comprendido entre dos y tres meses, las acciones de oro que actualmente pesan sobre las empresas privatizadas nacionales. Una de las causas que principalmente han incentivado tal decisión ha sido la consideración de que el control que supone este sistema deriva en una restricción al principio de libre circulación de capitales entre los Estados miembros garantizado por el tratado.
La conocida acción de oro significa la entrada de capital público extranjero en empresas privatizadas que, en el caso de España, tienen nombre propio. Así, entre las afectadas se encuentran Repsol, Telefónica, Endesa, Argentaria o la antigua Tabacalera. Al tiempo que evidenciaron su negativa a este tipo de acciones, jueces encargados del caso en el Tribunal de Luxemburgo mostraron también un resquicio de comprensión al señalar que tales restricciones “son aceptadas si no discriminan por razones de nacionalidad, responden a razones de interés nacional y son proporcionadas al fin que persiguen". Frente a esto, los responsables alzan su voz. Así, el secretario de Estado español de Economía, Luis de Guindos, señaló que la sentencia "cuestiona más la proporcionalidad de los instrumentos de la legislación española que sus objetivos". La tensión es, por lo tanto, más que palpable. A la negativa de adelantar la intención del Gobierno español se unió la voz, más explícita, de Rodrigo Rato. El vicepresidente de Economía destacó el hecho de que la sentencia reconoce el derecho de los estados miembros de la Unión Europea (UE) a tomar medidas en el caso de empresas privatizadas que afecten a servicios públicos, además de considerar que esta resolución “no afecta, en ningún caso, a situaciones ya consolidadas, sino a situaciones de futuro". En el caso de Repsol, Endesa y Telefónica, los jueces han sido más benévolos al permitir la presencia de ciertos obstáculos al principio de libre circulación de capitales que, a pesar de todo, deben ser justificados por una razón de seguridad pública. Inglaterra, por su parte, ha visto patente el fallo en la Autoridad Aeroportuaria Británica (BAA). En caso de no acatar lo mandado, las consecuencias serían bastante negativas. Bruselas volvería a denunciar al Gobierno ante la Corte de Luxemburgo y, de verse obligados a una segunda denuncia, ésta se vería acompañada por la imposición de una multa diaria contra el país que haya osado evadir las decisiones del Tribunal.