Cataluña
Artur Mas, condenado a dos años de inhabilitación

Por Paloma Sztrancman
2 min
España13-03-2017
El juicio por la convocatoria del 9N, es decir, el proceso consultivo en el que se le preguntaba a los ciudadanos catalanes por la independencia de la Comunidad Autónoma, ha dictado su sentencia. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado una sentencia para el ex president de la Generalitat, la ex vicepresidenta Joana Ortega y la ex consellera de Enseñanza, Irene Rigau.
La sentencia ha sido aprobada por unanimidad. La sentencia dictada establece la condena de Artur Mas a dos años de inhabilitación por haber desobedecido las ordenes del Tribunal Constitucional respecto a la consulta del 9N. En el caso de la ex vicepresidenta Joana Ortega, la condena de inhabilitación comprende una duración de un año y nueve meses y la sentencia para Irene Ortega es de un año y seis meses.
La sentencia es mucho menor de lo que exigía la Fiscalía al Tribunal, quien pedía una condena a Mas de diez años y para Ortega y Rigau solicitaba una condena de nueve años. Sin embargo, la inhabilitación no es la única sentencia que ha dictado el Tribunal. A pesar de que los tres han sido absueltos del delito de prevaricación administrativa, el más grave de los delitos acusados, sí deberán pagar una multa. La multa de Mas es de 36.500 euros, de 30.000 euros en el caso de Ortega y mientras que la sanción de Rigau es de 24.000 euros.
La resolución del Tribunal explicada detalladamente en 98 páginas alega que Mas, Ortega y Rigau "alteraron en términos inaceptables el normal funcionamiento del Estado de derecho cuando ignoraron e impusieron su voluntad sobre la orden dictada por el TC, con la determinación firme de contravenir la providencia que suspendía la consulta del 9N y llevar a cabo la votación hasta el agotamiento".
De esta manera, el órgano judicial ha rechazado los argumentos de la Defensa. El ex presidente de Cataluña afirmaba que la orden del Tribunal Constitucional no era del todo clara y que no se le avisó personalmente de las consecuencias que acarrearía llevar a cabo la consulta de la independencia. "Mas tuvo un conocimiento profundo del alcance del veto. La falta de advertencia tampoco puede servir de coartada porque se trata de una resolución judicial “ejecutiva por antonomasia, sin necesidad de aditamentos o amenazas" declara el veredicto.
Queda saber la condena del ex consejero de la Presidencia, Francesc Homs, quien también estuvo implicado en la consulta del 9N y asumió delante del Tribunal su responsabilidad como consejero de Justicia y máximo responsable del poder judicial durante los días del proceso consultivo.