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Ramoncín es absuelto por falta de pruebas
Por Sandra Sánchez2 min
Cultura12-01-2016
José Ramón Julio Márquez, más conocido como Ramoncín, cantante de rock, actor, escritor, presentador y miembro de la junta directiva de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), fue imputado en diciembre de 2012 por el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz. Después de tres duros años consigue quedar libre de esa “persecución” que él mismo aseguraba sufrir.
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto José Ramón Julio Márquez (Ramoncín) y a los otros tres acusados de falsedad y apropiación indebida por el caso SGAE, José Luis Rodríguez Neri, Pablo Antonio Hernández Arroyo y Enrique Loras García.
El cantante finalmente no ha sido condenado a lo que solicitaba la fiscalía: 4 años y 10 meses de cárcel (2 años y 10 meses por apropiación indebida y 2 años más por falsedad documental), así como a una multa de 13.924 euros por delito societario.
La Fiscalía sostenía que, José Ramón y “su amigo” Neri (exdirector de SDAE -filial digital de la SGAE), “con el exclusivo objetivo de procurarse un lucro ilícito”, “procedieron a la ideación y elaboración de determinada documentación que en apariencia diera cobertura a la ilegítima salida de fondos que iban a llevar a cabo y que se concretó en los hipotéticos proyectos ‘El Creador’,’La Caja Fuerte’ y ‘HMI’”.
El tribunal, compuesto por los magistrados Ángel Hurtado, Julio de Diego y José Ricardo de Prada, ha concluido que no hay suficientes pruebas para descartar otras posibles versiones y que existe “un margen de duda suficiente y razonable sobre la verdadera intención y participación de los acusados en los hechos", por lo que en caso de incertidumbre, aplicando el principio in dubio pro reo, el fallo debe favorecer al acusado.
También ha afirmado que "reconocidas necesidades financieras" del cantante, éste "realizó y entregó los trabajos contratados y el hecho de que dichos proyectos no se llevaran a efecto o materializasen posteriormente no es una cuestión ni asumida, ni imputable a aquel". En este sentido, los magistrados apuntan que los "calificados como hipotéticos negocios jurídicos" son proyectos reales y concretos, realizados y entregados por su autor como contraprestación a cada uno de los pagos que le fueron efectuados.
La sentencia también ha valorado que la propia SGAE negó que la existencia de un delito cuando retiró la acusación que había ejercido hasta el pasado mes de junio contra los cuatro acusados.
En todo momento, el cantante ha mantenido que era inocente. Con declaraciones como "soy una persona honrada y honesta hasta que se demuestre lo contrario" o "no tengo nada que esconder o ocultar, en mi vida no he hecho nada más que trabajar", el artista se defendía de esas acusaciones de las que, desde hoy, queda absuelto. Ramoncín ha mostrado su preocupación al señalar que "individuos en una tertulia, en una columna, en una red social... han faltado al derecho a la presunción de inocencia".Pero, de todas formas, sostiene que el "confiaba en la justicia".