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Andalucía

La jueza encuentra irregularidades en la adjudicación de Aznalcóllar

Por Cristina GuzmánTiempo de lectura3 min
España13-05-2015

El auto fechado el pasado 7 de mayo recoge los indicios según los cuales la jueza sospecha la existencia de graves irregularidades en la concesión del derecho de explotación de las minas de Aznalcóllar a la empresa Minorbis-Grupo México. La magistrada ha pedido a la UDEF que tome declaración a María José Asensio Coto, directora general de Industria, Energía y Minas.

En el citado auto, la jueza Patricia Fernández Franco expresa que, a partir de la información recaba hasta el momento, “se evidencian, al menos indiciariamente y sin perjuicio de lo que a lo largo de la investigación pueda ponerse de manifiesto, irregularidades graves que vendrían a confirmar gran parte de los extremos expuestos por la parte del denunciante”.

La causa se abrió el 2 de marzo de 2015 por presuntos delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y negociación ilegal, la empresa denunciante fue Emerita Resources España SLU, finalista en el concurso. La empresa puso de manifiesto diversas irregularidades durante la tramitación del expediente y posterior adjudicación de la explotación a Minorbis, además señaló que “es en realidad una filial de Magtel y carece de los presupuestos mínimos necesarios para haber obtenido dicha adjudicación”.

Según recoge la magistrada en el auto “no se aprecia” que la entidad Minorbis “cumpliese las exigencias mínimas, ni siquiera para superar la primera fase del concurso de adjudicación”. En relación con esto, la jueza señala que en base al Decreto-Ley 9/2013, del 17 de diciembre, “se adoptan dos medidas, con carácter de urgencia, dirigidas a garantizar que la explotación del complejo minero de Aznalcóllar se lleve a cabo por la empresa minera que ofrezca las mejores condiciones científicas, técnicas, de seguridad y ambientales, y las mayores ventajas económicas y sociales”.

Fernández Franco señala en el auto que, además, “no se observa el más mínimo rigor en la actuación de la administración”, y recuerda que es “la misma explotación minera donde se registró el desastre del vertido ecológico en el año 1998”. Otro punto a tratar es la “posible vulneración” del artículo 45 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el texto de la Ley de Contratos del Sector Público y prevé la suspensión del expediente de tramitación una vez interpuesto el recurso en materia de contratación.

Por eso, la magistrada se dispone a tomar declaración a “las personas responsables de que Minorbis no fuese excluida en la fase inicial” a pesar de “no cumplir la exigencia mínima de aportar informe expedido por la Oficina Consular de España en México, respecto de la capacidad de obrar del Grupo México”. Minorbis no fue excluida desde el primer momento pese a “no detallar tampoco el compromiso inversor de las partes asociadas”, algo que la instructora considera “cuanto menos cuestionable y llamativo”.

Asimismo, la empresa únicamente suscribió un seguro de responsabilidad civil general, cuando las exigencias eran una póliza de indemnización por riesgos profesionales de cómo mínimo 1.500.000 euros, a esto se suma el “incumplimiento de la obligación de presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil o declaración del volumen global de negocios”. La juez ha afirmado también que “no se determina el tipo de perforación de sondeos que se van a realizar pese a la relevancia de este aspecto”, lo que califica como “incongruencias” en la valoración de proyecto de explotación.

La magistrada ha pedido a la UDEF que tome declaración a la responsable de la dirección general de Minas, además pretende que testifiquen las personas que asistieron a la reunión del 11 de abril del 2014 en la sede de las oficinas de la empresa denunciante. Según Emerita, López Magdaleno les propuso asociarse porque el concurso estaba amañado y la adjudicación fijada de antemano.