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REFORMA FISCAL

El 2015 está encaminado a incentivar el ahorro en la economía doméstica

Por Jesús EspinosaTiempo de lectura5 min
Economía30-12-2014

El 2014 ha estado marcado por los cambios en la economía doméstica, ya sea en cuanto a la vivienda o por la necesidad de ahorrar de las familias. Además, otro de los dramas desde que explotó la burbuja inmobiliaria han sido los desahucios. Numerosas plataformas, como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), pidieron modificar la dación en pago, una manera de saldar la deuda contraída con el banco o con cualquier entidad, y con esta reforma fiscal los deudores quedan exentos de pagar la plusvalía originada por la entrega de la vivienda.

El 1 de enero de 2015 ha entrado en vigor la reforma fiscal, una reforma estructural que se conoce principalmente por su rebaja impositiva para todos los contribuyentes, que se sentirá desde el primer día con una disminución en las retenciones del Impuesto sobre la Renta de los trabajadores asalariados y de los profesionales autónomos. Estas medidas van encaminadas a incentivar el ahorro tanto en el ámbito familiar como empresarial. El primer punto es que los ciudadanos verán crecer sus salarios al descontarse menos dinero de sus nóminas con cargo al IRPF. Un incremento del sueldo neto que se avecina mayor para las rentas medias y más bajas. Así, para las rentas inferiores a 24.000 euros, que son más del 70% de los declarantes, la reducción alcanzará casi el doble de la rebaja media para el total de contribuyentes, que será del 12,5%. El Gobierno, con esta reforma, intentará que la presión fiscal no rebase el umbral del 38-39% del PIB, que es un nivel similar al que se llegó en los años 1998 y 2002. Ayudas económicas para familias numerosas o con discapacitados Por otro lado, la reforma fiscal presta especial atención a dos colectivos: las familias numerosas y las que tiene a su cargo a padres e hijos con discapacidad. Con los nuevos impuestos negativos que introduce la reforma, cada unidad familiar dispondrá de 100 euros más al mes por cada uno de los impuestos negativos a los que tenga derecho, ya que son compatibles entre sí y acumulables a la ayuda de 100 euros mensuales para madres trabajadoras con hijos menores de tres años. Estimular el ahorro, objetivo principal La reforma fiscal y el año 2015, en lo económico, no se limita a la economía individual o doméstica, el objetivo del Gobierno es que actúe sobre el conjunto de la economía en el corto, medio y largo plazo, para que España sea capaz de generar crecimiento y empleo de manera sostenida en el tiempo. En este sentido, esta reforma es el instrumento del que ha dispuesto el Gobierno y la sociedad para que el Producto Interior Bruto (PIB) acelere su ritmo de crecimiento, y para que la creación de puestos de trabajo sea capaz de dar una respuesta esperanzadora al gran drama social del desempleo. Asimismo, Hacienda rebaja la tributación del ahorro y se ponen en marcha Planes de ahorro 5 para potenciar el ahorro a medio y largo plazo. Éstos podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro y garantizan la restitución de, al menos, el 85% de la inversión. Los rendimientos generados tendrán exención si la inversión se mantiene como mínimo cinco años. La nueva fiscalización de la dación en pago Otra de las reformas que ha sido muy escuchada durante 2014 ha sido la relacionada con la dación de en pago. Resultaba un contrasentido que un contribuyente que hubiera perdido su vivienda por impago registrara en términos fiscales una ganancia patrimonial. Por ello, el Gobierno, durante este año, incluyó una exención tributaria en los supuestos de daciones en pago y ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales. Hasta ahora, un contribuyente que hubiera comprado una vivienda y no fuera capaz de pagar las cuotas hipotecarias correspondientes se enfrentaba a una ejecución o, en algunos casos, negociaba una dación en pago. Esto significa que el contribuyente saldaba la deuda con su entidad financiera a cambio de la vivienda. Hasta 2014, cuando se acordaba la dación, se perdía la vivienda y se debía tributar, ya que Hacienda registraba que se había producido un incremento patrimonial. Sin embargo, con la nueva ley la plusvalía derivada de la dación en pago se declara exenta del IRPF. En cualquier caso, la exención se limita a la vivienda habitual y será aplicable siempre y cuando el contribuyente no disponga de otros bienes para afrontar el pago de la totalidad de la deuda. El Ejecutivo ha fijado que la nueva normativa tenga efectos retroactivos a partir de enero de 2014 y los ejercicios anteriores no prescritos. Cambios en los planes de pensiones Asimismo, los planes de pensiones y otros sistemas de previsión social han sufrido varios cambios con la reforma fiscal que entra en vigor, tanto en las aportaciones como en el rescate. A partir del 1 de enero de 2015, se fija una única aportación máxima de 8.000 euros por año para los planes de pensiones independientemente de la edad y el tope fiscal. Por otra parte, se abre una nueva posibilidad de rescatar cantidades correspondientes a planes de pensiones transcurridos 10 años, pero en el caso de las aportaciones hechas antes de 2015, el dinero no se podrá sacar antes del 1 de enero de 2025. Los rescates seguirán tributando como renta del trabajo, pero el tipo se reducirá a la horquilla 20-47% en 2015 y al 19-45% a partir de 2016. Cuando el rescate se haga en forma de capital –para las aportaciones realizadas antes de 2007-, se aplicará una reducción del 40%, si se saca el dinero en el ejercicio en que se jubiló el inversor o en los dos siguientes. El alquiler y la compra de viviendas El Gobierno, durante 2014, ha aceptado moderar el alza fiscal a la venta de viviendas de segunda mano y acciones. Todo empezó con el grupo parlamentario Popular, que introdujo en el Senado una enmienda sobre la reforma tributaria para mantener los coeficientes de abatimiento, que reducen la factura impositiva de las ganancias patrimoniales de bienes comprados antes de 1995, si bien fija un límite: sólo se podrán aplicar sobre los primeros 400.000 euros del valor de transmisión. En cuanto a las casas compradas por 100.000 euros en 1990 y vendidas por 400.000 euros, si la venta hubiera tenido lugar en 2014, habría tenido que pagar alrededor de 29.800 euros de IRPF por los 300.000 euros de plusvalías generadas. No obstante, si se vende este mismo inmueble en 2015, la factura fiscal se elevará a 33.400 euros ya que, a pesar de beneficiarse de los coeficientes de abatimiento, ya no disfrutaría de los de corrección monetaria.