Tribunales
Los padres podrán desheredar a sus hijos si estos les maltratan
Por Gema Plaza
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Sociedad07-08-2014
El Tribunal Supremo y la Audiencia Provincial de Málaga, han desestimado la proposición de los hijos del padre maltratado de anular la clausula del testamento de su progenitor, en la cual queda reflejado que no recibirán la herencia legítima, que correspondería a la tercera parte del patrimonio que forzosamente es otorgado a los hijos.
La sentencia dictaminada en la Sala de lo Civil, señala que los hijos abandonaron a su progenitor y los dejaron al cuidado de su hermana cuando ya estaba enfermo, además solo decidieron volver una vez muerto para solicitar sus derechos como herederos. Los jueces avalan así que los dos hijos, José Antonio y Remedios perpetraron “un maltrato psíquico y reiterado contra su padre, del todo incompatible con los deberes elementales de respeto y consideración que se derivan de la relación de filiación”. Así pues, el fallo del Tribunal Supremo determina que el maltrato psicológico ejecutado contra un progenitor bastará como única causa para desheredar a los hijos. La sentencia del magistrado Francisco Javier Orduña, recoge que “El maltrato psicológico como acción que determina un menoscabo o lesión de la salud mental de la víctima debe considerarse comprendido en la expresión o dinamismo conceptual que encierra el maltrato de obra”. De esta forma, el juez ha señalado que las causas de la desheredación deben de ser flexibles de acuerdo con el momento social y cultural en el que estamos inmersos. Además, los dos hijos demandantes, no solo se quedaran sin la herencia legítima, sino que tendrán que hacer frente a todos los gastos del proceso judicial.