Ley de Protección de la Infancia
El Gobierno quiere agilizar los procesos de adopción y dar prioridad al menor
Por Beatriz Álvarez Gallardo
4 min
Sociedad28-04-2014
Agilizar el proceso de adopción es una de las prioridades de los nuevos anteproyectos de Ley Orgánica de Protección de la Infancia y Ley de Protección de la Infancia que ha aprobado el Consejo de Ministros este viernes. No en vano, se calcula que los trámites de adopción en España pueden prolongarse en torno a nueve años.
Según los últimos datos oficiales, a finales de 2012 casi 35.000 menores se encontraban bajo alguna medida de protección del Estado. En concreto, 29.754 permanecían tutelados y 4.143 en régimen de guarda. De todos ellos, más de 21.000 viven con una familia de acogida, pero otros 14.000 esperan una adopción en un centro estatal, muchas veces hasta los 18 años. En este contexto, las reformas del Gobierno pretenden reducir al mínimo este tiempo de espera, al considerar “conveniente” el que “estos niños y niñas crezcan en un entorno familiar”, según ha manifestado el Ejecutivo en un comunicado oficial. Con el objetivo de prevenir las situaciones de riesgo y desamparo, las reformas configuran un marco de acción en el que el objetivo principal será mantener al menor con su familia de origen, y de no ser posible, proporcionarle una familia que pueda atenderlo. Por ello, el comunicado anuncia que se primarán “las soluciones estables frente a las temporales, las familiares frente a las residenciales, las consensuadas frente a las impuestas, y las nacionales frente a las internacionales”. De acuerdo con las nuevas medidas, los menores de tres años que queden bajo tutela estatal pasarán a residir con una familia de acogida sin necesidad de una estancia previa en un centro, y en caso de tratarse de varios hermanos, se buscarán todos los medios para que puedan permanecer juntos. También la adopción será más rápida, y contará con mayores garantías. En caso de las mujeres que decidan dar a luz inmediatamente después del parto, deberán firmar un consentimiento durante las primeras seis semanas, y no en 30 días como hasta ahora. Tampoco será necesario que lo reiteren a los seis meses. En cuanto a los menores declarados en situación de desamparo, se procederá directamente al proceso de adopción si los padres biológicos no toman medidas para mejorar su estado en el plazo de dos años. Otras de las novedades son que se unificarán a nivel estatal los criterios de idoneidad de las familias adoptantes, entre los que se incluye la imposibilidad de adoptar a quien se le haya negado la patria potestad de un hijo. Además, antes de que se formalice la adopción por la vía judicial, se podrá iniciar un periodo de convivencia entre la familia adoptante y el menor, siguiendo el mismo fin de que este no tenga que trasladarse a un centro de acogida. Se introducirá asimismo un nuevo régimen de adopción, la adopción abierta, que ya se aplica en países como Estados Unidos y que prevé la posibilidad de que la familia adoptante y la biológica puedan tener un contacto regular. Por otra parte, a fin de permitir a los menores adoptados la investigación y el conocimiento de sus orígenes, el Estado obligará a las instituciones pertinentes a conservar los expedientes de las familias biológicas durante 50 años. El proceso de adopción El proceso de adopción en España es muy largo. Para poder adoptar, la pareja en cuestión debe tener al menos un miembro mayor de 25 años, que cuente con al menos 14 años más que el menor —sin que esta diferencia pueda superar los 40 años— y hay que haber sido declarado idóneo por las autoridades públicas. Tras presentar una solicitud a los Servicios de Protección de Menores de cada Comunidad Autónoma, los solicitantes pasan a una lista de espera para la valoración de su idoneidad. Esta valoración se lleva a cabo a través de una serie de entrevistas, visitas domiciliarias y presentación de documentos. Una vez examinados, las autoridades estudian la concesión del permiso, en cuyo caso las familias pasan a otra lista de espera en la que se les propondrá la asignación de un menor. Mientras tanto, deben recibir formación de Acogimiento Familiar preadoptivo. Una vez asignado el menor, se inicia un periodo de convivencia tras el cual el Estado propone la adopción al juez, quien también examinará todo el proceso para dar el beneplácito final. Se calcula que la totalidad del proceso puede durar hasta nueve años. Ello en caso de las adopciones nacionales. Los trámites internacionales, aunque también son complejos, se extienden un máximo de tres años. Cada año aumenta el número de niños procedentes de otros países que han sido adoptados por familias españolas. Sin embargo, se produce un descenso continuado de las adopciones nacionales. A diferencia de lo que ocurre en otros países europeos, en España se reduce el número de niños entregados en adopción a favor de otras medidas, como el aborto.