Los hijos de inmigrantes legales serán españoles de “opción” pero no “de origen”
Por La Semana2 min
España23-05-2002
El PP ha rechazado la propuesta de los partidos de la oposición que consiste en facilitar la nacionalidad "de origen" a los hijos de los inmigrantes legales y que residen en España de manera habitual.
El Congreso de los Diputados ha aprobado esta semana una reforma del Código Civil en materia de nacionalidad. Partido Popular (PP), Convergencia i Unió (Ciu) y Coalición Canaria (CC) han votado a favor. Izquierda Unida (IU) se opuso. El resto (PNV, PSOE y Grupo Mixto) se abstuvieron. Los hijos de los inmigrantes legales podrán ser españoles "de opción", tras un año de residencia en España, pero no "de origen". Así lo ha decidido el PP en el Congreso de los diputados esta semana. A pesar de que los partidos de la oposición creen que facilitar la nacionalidad "de origen" a los hijos de los inmigrantes favorece su integración, el Gobierno rechazó la propuesta. La Constitución española afirma que sólo son españoles "de origen" aquellos que han nacido de padre o madre españoles. Sin embargo, se ha aprobado una reforma en materia de nacionalidad, aunque aún debe pasar por el Senado. Las principales novedades son, por un lado, la posibilidad de los emigrantes españoles de recuperar la nacionalidad española sin necesidad de renunciar a la nacionalidad del país de acogida. Por otro lado, los hijos de los emigrantes españoles tendrán la opción de obtener la nacionalidad española con tan sólo pedirlo. Y por último, se permitirá a los nietos de españoles que perdieron la nacionalidad, al emigrar a otro país, la opción de ser españoles si residen un año en España. Excepto IU, el resto de la oposición ha considerado la reforma como un avance. Aunque el PSOE afirmó que sólo los "nietos de emigrantes pudientes" podrán venirse a vivir a España durante un año y recuperar la nacionalidad. La responsable de emigración del PP, Ángeles Muñoz, ha argumentado que son muchos los descendientes de emigrantes y algunos no tienen ninguna relación con España, así que no tendría sentido conceder la nacionalidad sin ningún requisito. La nueva norma también recoge que, el derecho a la nacionalidad española "de opción", se puede perder si se presta servicio militar en otro país sin previa autorización y si no se utiliza la nacionalidad por un periodo de tres años.