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ELECCIONES EUROPEAS

El TC acusa al Supremo de no tener pruebas de la relación entre II-SP y ETA

Por Esteban del PozoTiempo de lectura3 min
España21-05-2009

Después de que la candidatura para las elecciones europeas de la coalición Iniciativa Internacionalista-Solidaridad entre los Pueblos (II-SP) fuese anulada por el Tribunal Supremo al considerarla sucesora de Batasuna, el Tribunal Constitucional, máximo órgano judicial, decidió levantar la mano y permitir que este partido concurra a los comicios.

La sentencia del Constitucional ataca la “la insuficiente entidad probatoria de los indicios manejados por el Supremo” que, dicen, “no puede justificar el sacrificio de los derechos fundamentales de participación política en términos de igualdad y de libre defensa de la propia ideología”. “La negativa a condenar expresamente el terrorismo no es indicio bastante para acreditar una voluntad defraudatoria de la ley electoral”, afirman recordando sentencias anteriores. El Alto Tribunal, según las pruebas recogidas, había declarado que la formación que encabeza el dramaturgo Alfonso Sastre y la abogada Doris Benegas está “infiltrada” por ETA. Según el Supremo tras analizar el perfil de los promotores, representantes, candidatos y avalistas de II-SP, se concluyó que “la candidatura no es más mera instrumentalización de un objetivo, el de hacer que el entorno político de ETA siga manteniendo su presencia en las instituciones democráticas, en este caso en el Parlamento Europeo” decía la sentencia. Aquella decisión, al contrario que ha sucedido en el Tribunal Constitucional, provocó que por primera vez hubiera votos contrarios a la postura mayoritaria ya que cinco de los 16 magistrados de la Sala Especial ya presagiaba dificultades en el Constitucional. La postura del TC, desautorizando a la Sala Especial, la más ilustre del Supremo, ha causado un gran daño para su imagen y para las relaciones, siempre muy tensas, entre ambos tribunales. Para el Constitucional, es claro que las pruebas demuestran “la coincidencia ideológica entre la coalición y ETA y Batasuna, pero no ponen de manifiesto una concertación de voluntades entre éstos y aquélla, ni mucho menos la asunción por la recurrente de métodos violentos como instrumento de actuación en la vida pública”. Aún así la sentencia recoge afirma que se ha vulnerado “el derecho de II-SP a acceder a los cargos públicos en condiciones de igualdad recogido por el artículo 23.2 de la Constitución”, y ordena “reestablecer a la formación en su derecho, declarando la nulidad del auto de la Sala Especial del Tribunal Supremo”. Reacciones a la decisión del TC Esta reacción se ha acogido con sorpresa y con cierto rechazo en ámbito político, en la Fiscalía General del Estado y en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Si el líder del PP vasco, Antonio Basagoiti, calificaba de “paso atrás” el escrito del Constitucional, el fiscal general del Estado Cándido Conde-Pumpido mostraba su “radical discrepancia” e insistió en que había indicios suficientes para declarar que la lista era una continuación del proyecto de la ilegalizada Batasuna. Por esta misma línea se mantiene el Sindicato Unificado de Policía, que calificó al Constitucional de “miope y sectario” por dejar presentarse a las elecciones del 7 de junio a los que “apoyan el asesinato para imponer sus ideas”. La contundencia en su rechazo a la sentencia es severa ya que el SUP considera que el Constitucional “no ha impartido justicia al servicio de los ciudadanos” al permitir a "los lacayos de los terroristas aprovecharse de la ley" al no haberse encontrado "ningún muerto en el armario" de ninguno de ellos. A pesar de lo polémico de la posición del Constitucional, se trata de un conflicto más judicial y de imagen que propiamente político.