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RECURSOS ANTE EL TS

El fiscal pide condenar a ‘El Egipcio’, aunque ya no como inductor del 11-M

Por Elena GómezTiempo de lectura2 min
España02-07-2008

Rabei Osman el Sayed, El Egipcio, debe ser condenado, pero ya no como inductor de los atentados, sino simplemente por su condición de terrorista islamista. Este es ahora el argumento esgrimido por la Fiscalía pese a que, durante el juicio celebrado la Audiencia Nacional, el Ministerio Público le calificó como el inductor de la masacre del 11 de marzo.

No obstante, el tribunal que presidió el juez Javier Gómez Bermúdez absolvió a este acusado, que además ya cumplía condena en Italia por integración en banda terrorista. Su situación ha protagonizado los más de treinta recursos de casación presentados por la Fiscalía, las victimas y los acusados ante el Tribunal Supremo contra aquella sentencia de la Audiencia Nacional que condenó el 31 de octubre de 2007 a 21 de los 28 procesados por los atentados del 11-M a penas de entre tres años y 42.924 años. El fallo del tribunal, compuesto por los magistrados Juan Saavedra, presidente, Andrés Martínez Arrieta, Miguel Colmenero, Juan Ramón Berdugo y Luciano Varela, se conocerá, previsiblemente, a finales de este mes, según han informado fuentes del Alto Tribunal. Rabei Osman El Sayed, El Egipcio, ha cumplido la mitad de la pena impuesta por encontrase en prisión preventiva, podría quedar en libertad el próximo 14 de septiembre, sin embargo, el Tribunal Supremo ha decidido que esto no puede ser consentido. Las acusaciones y el fiscal, Jaime Moreno, reclamaron que El Egipcio sea condenado, mientras que su abogado pidió que se mantenga su absolución por entender que no hay ninguna prueba de que sea un terrorista yihadista. El fiscal estima que El Egipcio debió ser condenado como miembro de una organización terrorista, porque aunque ha sido penado en Italia por el mismo delito, la sentencia del Tribunal de Milán no es firme, sino que está recurrida en el Tribunal de Casación. Según entienden las acusaciones, en la sentencia de la Audiencia Nacional hay elementos más que suficientes para condenar a El Egipcio como autor por inducción de los atentados. Su abogado, Endika Zulueta, dijo que no hay ninguna prueba concreta contra El Egipcio, salvo las conversaciones grabadas en Italia, en las que presumía de estar detrás del atentado de Madrid, y que, a su juicio, no pueden ser admitidas, porque en España no sólo es jurídicamente inadmisible colocar un micrófono en un domicilio sin autorización judicial sino que además es un delito. También destacó que no se puede juzgar varias veces a un acusado por los mismos hechos esperando a ver qué tribunal llega primero a la condena. Por su parte, el letrado Gonzalo Boye, expresó que si las acusaciones contra El Egipcio no son válidas, por la ilegalidad de las escuchas, también deberían serlo las acusaciones hacia su interlocutor telefónico Mourad Chabarou, condenado en Bélgica y que, por lo tanto, de ser así El Egipcio también debería ser condenado en España. El fiscal también precisó que las escuchas a El Egipcio en Italia son legales por el principio de reconocimiento mutuo de los procedimientos de otros países de la UE, pero que de las pruebas existentes no se deduce que fuera inductor de los atentados.