SALUD
El aborto no es ilegal en España en tres supuestos
Por Paula López
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Sociedad30-11-2007
En España el aborto ha sido castigado por el Código Penal hasta el año 1985. Fue entonces cuando se hizo una reforma, conocida popularmente como Ley del aborto. Esta reforma legaliza el aborto en tres casos: para evitar poner en peligro la vida o la salud de la embarazada, si el embarazo es consecuencia de una violación o si el feto tiene taras físicas o psíquicas.
La pena para un médico que practique un aborto ilegal es de hasta tres años de prisión e inhabilitación para ejercer cualquier profesión sanitaria en centros médicos durante un tiempo variable de uno a seis años. La Ley Orgánica 9/1985 sólo permite el aborto atendiendo tres supuestos muy concretos. En el caso de que la madre corra peligro, se podrá abortar sea cual sea el estado de gestación. La polémica llega ante la pregunta de cuándo se considera que ya hay vida. Algunos científicos afirman que existe vida desde el momento en el que el feto es concebido. Otros consideran que la vida humana comienza cuando el bebé nace. Sin embargo, los abortos legales se pueden practicar hasta la vigésimo segunda semana del embarazo, momento en el que, con las técnicas más habituales, se pueden detectar signos de que el hijo padece alguna malformación congénita. La polémica se avivó recientemente con el caso de la niña de 11 años embarazada, en Ponferrada. La niña aseguró que mantuvo relaciones sexuales consentidas con otro menor, familiar de segundo grado. Si se confirma que el padre del bebé es mayor de 14 años, se le podría imputar un delito penal.