Canon
El Gobierno aprueba el nuevo canon digital
Por Javier Álvarez Lago3 min
Comunicación03-07-2017
El canon por copia privada, más conocido como el canon digital, es una tasa que se aplica a los medios que posibilitan la grabación de contenidos como compensación por las copias ilegales que se pueden realizar mediante ellos de contenido protegido por derechos de autor. Así, se pretende compensar a artistas y productores las pérdidas de negocio en las que incurren debido a las facilidades que permite la tecnología actual, especialmente internet, a la hora de disfrutar de contenidos de forma completamente gratuita.
Por lo tanto, es un gravamen que afecta a dispositivos como las grabadoras de CD o DVD, pero también a los propios teléfonos móviles, MP3, discos duros, etc... Este impuesto es, cuanto menos, bastante polémico, ya que obliga a pagar a priori por una infracción que no tiene por qué cometerse en la realidad, pues que se pueda hacer no implica que se haga necesariamente. Es, a su vez, arbitrario en su cuantía, ya que no existe manera fiable de cuantificar el número de copias ilícitas realizadas ni su impacto en la industria, mientras que los artistas reciben el dinero según los criterios establecidos por las distintas entidades de gestión de derechos de autor. Y es que su cobro no puede realizarse a titulo individual, si no que es necesario inscribirse en alguna de estas.
Sin embargo, suele entenderse que el canon digital es necesario para proteger a la cultura y compensar a los creadores y productores por las copias que pueden realizar de sus trabajos sin permiso. Cabe destacar, asimismo, que el canon digital existe en la mayoría de países de la Unión Europea salvo, principalmente, en aquellos en lo que ni siquiera se reconoce como legítimo las copias de este estilo de contenidos para uso exclusivamente privado, lo que si que ocurre en España.
En España, esta tasa ha existido desde 1987, si bien ha sufrido severas modificaciones. Así, en 2007 el Gobierno de Zapatero introdujo una reforma de la misma que, sin embargo, tanto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) como la Audiencia Nacional (si bien por cuestiones más bien técnicas) acabaron por anular. Finalmente, a propuesta del Partido Popular, el canon digital de la era socialista fue derogado en el Congreso de los Diputados a finales de 2011.
Desde entonces, el canon digital fue sustituido por una compensación extraída directamente de los Presupuestos Generales del Estado, con un monto de unos 5 millones de euros anuales. Sin embargo, otra vez por motivos más bien técnicos, el TJUE declaró este método ilegal en 2016, mientras que ese mismo año el Tribunal Supremo español lo declararía nulo. Ahora, el Gobierno reincorpora el canon digital, a su juicio, en consonancia con lo que dicta la jurisprudencia europea.
Como ya ocurría con anterioridad, la tasa será pagada por los "fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción", estando exentos de su pago aquellos que justifiquen "el destino profesional" de estos bienes y las entidades del sector público. La tasa se implementará de forma escalonada y contará con un "régimen tarifario transitorio". Así, utilizando los ejemplos usados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el comunicado en el que ha informado de la aprobación del Real Decreto Ley, se pagará 1,10 euros más por un smartphone y 3,15 euros más por una tablet durante el primer año. Después, por Orden Ministerial, se irán modificando las cuantías para adaptarlas "a la realidad de la copia privada y a las novedades tecnológicas del mercado".
Tanto la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) como la Asociación para el Desarrollo de la Propiedad Intelectual (ADEPI), han mostrado su beneplácito con la medida adoptada, si bien este último ha lamentado que la vuelta del canon digital haya tardado tanto. Sin embargo, la medida no ha gustado tanto a los consumidores, que temen que fabricantes y distribuidores trasladen la tasa a los usuarios aumentando los precios.