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TRIBUNALES

La Audiencia declara nulos los 821 despidos de Coca-Cola

Por Sergio CastillaTiempo de lectura3 min
Economía13-06-2014

Varapalo judicial para Coca-Cola, cuya embotelladora deberá readmitir a los 821 despedidos por un ERE que llevó a cabo el pasado mes de abril. La sentencia considera que la compañía no realizó adecuadamente el proceso de fusión por el que ocho embotelladoras se unieron en una, y no comunicaron el cambio de empresa a los representantes de los trabajadores. También destaca que no se informó como correspondía a los sindicatos de los planes de reestructuración y que se produjeron prácticas de "esquirolaje" al trasladar la distribución de producto de las plantas en huelga a otras en activo.

La Sala de lo Social declara nulo el despido colectivo al ser el nuevo empleador un grupo de empresas que nunca se ha constituido formalmente como empresario, no habiendo informado ni negociado el cambio de empresario con los representantes de los trabajadores, que se encontraron sorpresivamente dicho cambio al ser convocados para negociar el despido colectivo, a pesar de mantenerse de alta cada uno para su empresa respectiva. "Se ha producido, por tanto, un completo y manifiesto incumplimiento de las obligaciones de información, consulta y negociación en el supuesto de cambio de titularidad de la empresa", dicen los jueces. Añaden que la forma de proceder "al constituir el ámbito del despido sin ni siquiera haber informado a los trabajadores del cambio de empresario no puede en modo alguno considerase conforme con una mínima exigencia de buena fe negocial. Concurre por ello causa de nulidad del despido colectivo", subrayan. En relación con la falta de información facilitada por la empresa, la sentencia también explica que Coca-Cola Iberian Partners debió haber entregado a la comisión negociadora un plan detallando los planes de reestructuración respecto de la producción. La Sala acepta otro de los argumentos de los demandantes respecto a la irregularidad de las prácticas de "esquirolaje" puestas en práctica por la compañía de bebidas durante la huelga masiva de los trabajadores de la planta de Fuenlabrada. Según la sentencia, tales prácticas consistieron en modificar las rutas de distribución del producto de otras factorías para suministrar producto a Madrid, por lo que también se aprecia causa de nulidad al desactivar la eficacia de la huelga, que es un instrumento lícito de los trabajadores en el marco de la negociación del despido colectivo. La sentencia de la Audiencia Nacional, con su consecuente readmisión, abre un panorama complicado a la embotelladora de Coca-Cola, ya que las cuatro fábricas que cerró y donde se produjeron los despidos llevan ya tiempo sin funcionar. La empresa, de momento, no tiene intención de acatar la sentencia. Ha confirmado que recurrirá la decisión ante el Supremo, aunque los sindicatos tienen la posibilidad de solicitar en la Audiencia Nacional la ejecución de la misma si no negocian un acuerdo con la empresa. El sindicato UGT, por su parte, ha celebrado la resolución ya que la empresa es "más que solvente", lo que hacía "injustificable la medida regulatoria". Y pide al embotellador que resuelva "sus problemas empresariales abriendo una negociación con las centrales sindicales donde el empleo no se vea afectado". "Vamos a exigir la reincorporación de los trabajadores", ha señalado José Vicente Canet, Secretario de Acción Sindical de la federación agroalimentaria de CC OO, que ha explicado que el sindicato está estudiando el fallo, que acaba de conocer. La resolución de la Sala expone que el foco del conflicto viene de la fusión de las ocho embotelladoras que la marca tenía en la Península Ibérica en una sola, en un proceso de integración del que resultó Coca-Cola Iberian Partners como compañía autorizada para preparar y envasar las bebidas en España y Portugal. Tras la fusión, la compañía puso en marcha una serie de ajustes que le permitieran un ahorro de costes, entre los que estaba reducir la plantilla a través de diferentes medidas como las prejubilaciones, las bajas incentivadas o las recolocaciones, así como los despidos forzosos. Los sindicatos se negaron a aceptar el acuerdo si ello suponía el cierre de fábricas, como finalmente ocurrió con las de Fuenlabrada (Madrid), Palma de Mallorca, Alicante y Colloto (Asturias) y anunciaron desde el final del periodo de consultas que impugnarían el expediente. Finalmente, el juicio tuvo lugar el pasado 3 de junio, en un proceso al que también se sumó CSIF. La sentencia condicionará el segundo juicio al que se enfrentan las partes el 24 de junio por motivos de movilidad geográfica y de condiciones laborales. Fuentes de la Federación Agroalimentaria del sindicato han apuntado que este juicio abordará el procedimiento de despidos en sólo lo relacionado con los traslados de los trabajadores a otras plantas, más de 400 en total, y el cambio que se ha producido en las condiciones laborales de los trabajadores afectados por la movilidad geográfica.