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Tribunales

La juez Cillán ha sido sentenciada a 15 años de inhabilitación

Por Carlos Martínez de LeyvaTiempo de lectura3 min
España11-10-2013

La titular del Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid, María del Coro Cillán García de Iturrospe , ha sido condenada a 15 años de inhabilitación del cargo que ostenta por haber cometido "un delito continuado de prevaricación" en la administración judicial de la discoteca madrileña Moma por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La sanción supone que la juez no podrá ejercer como juez durante ese tiempo y la pérdida definitiva de su destino actual, lo que supone que resultará apartada de la carrera judicial .

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en una sentencia recurrible ante el Supremo en un plazo de cinco días, le ha impuesto 15 años de inhabilitación y una multa de 18 meses por prevaricación, tras ser acusada de trato de favor a uno de los socios y supuesto amigo de la jueza por el cierre de la discoteca madrileña Moma 56, situada en la calle José Abascal, algo que Cillán negó. El fiscal había solicitado 20 años de inhabilitación. Las sanciones y el juicio contra la juez, se abrieron a raíz de una denuncia en la que uno de los propietarios de la discoteca acusaba a la magistrada de colaborar con sus socios para conseguir el traspaso del establecimiento. La sentencia, impuesta por la sala de lo Civil y lo Penal del TSJM, en un tribunal liderado por el propio presidente de la institución, Francisco Javier Vieira, considera que la conducta de la juez a lo largo de todo este proceso debe ser calificada de prevaricación (tomar decisiones injustas a sabiendas) y la condena por ese delito. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que "los hechos que se declaran probados son constitutivos de un delito continuado de prevaricación judicial dolosa, previstos y pensados en el artículo 446 número 3 de acuerdo con el artículo 74. 1º del Código Penal". La sentencia indica que la titular del jugado de instrucción número 43 de Madrid Coro Cillán conocía los hechos en sus totalidad , la competencia de otro juzgado, conocía las medidas que dicho juzgado adoptó y también sus deberes en orden a la aplicación de la ley, sustantiva y procesal y que no actuó conforme a lo que exigía todo ese conocimiento. También ha señalado que "Desde el inicio de la denuncia presentada se posicionó a favor de la misma y en contra del socio denunciado" . El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)suspendió de forma cautelar el pasado mes de abril a la magistrada tras la apertura de juicio oral contra ella. En diciembre del año 2011, le abrió un expediente a Maria del Coro Cillán por haber cometido cuatro posibles faltas de disciplina relacionadas con decisiones que afectaron a la administración judicial de la discoteca. Otra falta tenía que ver con la "desatención o el retraso injustificado" en la resolución de este asunto. También se le investigó por "exceso o abuso de autoridad". Los hechos se remontan hasta septiembre del año 2011. Cillán se encontraba el 21 de septiembre de 2011 en el Juzgado de Guardia de Diligencias de Madrid, cuando Alberto Vos García interpuso una denuncia contra Fernando Robes Ibarra, ambos socios de Moma 56. Habían surgido discrepancias entre ellos. En la denuncia se indicaban la adopción de medidas cautelares y urgentes para evitar que los documentos fueran manipulados y destruidos. Cillán, "sin fundamentación específica alguna", según el TSJM, autorizó el precinto de la discoteca Moma. María del Coro Cillán aseguró que lo hizo para evitar que se produjeran casos como el asesinato de Álvaro Ussía. Al día siguiente nombró como único administrador judicial, a Francisco Javier Caballero Dotres , amigo intimo y para quien fijó primero unos honorarios de 18.000 euros y luego una paga mensual de 2.500 euros. Hechos que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que "no eran sostenibles jurídicamente" y que no cumplían "los mínimos parámetros de motivación .