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CANON DIGITAL

MP3, MP4, teléfonos, USB y discos duros dejan de tener canon digital

Por Rafael GarcíaTiempo de lectura3 min
Comunicación27-03-2011

Desde 2008, el canon digital se aplicaba a dispositivos de almacenamiento, MP3, ordenadores o móviles. La medida suscitó mucha polémica y muchos consumidores la catalogaban de medida abusiva para evitar la piratería. Con la sentencia de la Audiencia Nacional, la normativa de 2008 deja de estar en vigor y vuelve a aplicarse la de 2006 que sólo grava CD, DVD, impresoras y grabadoras. La SGAE calcula que la recaudación del canon -tanto en soportes analógicos como digitales- asciende a más de cien millones de euros anuales.

Hace algo mas de cinco años el Gobierno español puso en marcha un proyecto para compensar el dinero que se llevaba la economía sumergida de la venta de productos multimedia: el Canon Digital. Hasta ahora iba de la mano con la llamada Ley Sinde, propuesta por la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, que también ha traído cierta polémica en estos últimos meses y sobre todo con motivo de la entrega de los premios Goya, que supuso la dimisión del expresidentes de la Academia de Cine, Alex de la Iglesia. La normativa del canon digital de 2008 implica que cualquier dispositivo electrónico, desde reproductores de MP3 hasta teléfonos móviles, o de almacenamiento, como CDs, DVDs o pen drives, tenían que incluir en su precio una tasa adicional, aparte del Impuesto de Valor Añadido (IVA), para que los autores y otras organizaciones como las discográficas o la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) se lleven parte del dinero de la venta de películas, CDs de música u ordenadores originales que pierden a causa de la piratería o de la copia privada del particular. Así, los teléfonos móviles o PDA -que dispongan de MP3- estaban gravados con 1,10 euros, y los MP3 y MP4 con 3,15 euros, según estableció el Gobierno mientras que el CD y el DVD soportaban un canon de 0,17 y 0,44 euros, respectivamente. Las memorias flash y las llaves de memoria USB tenían un gravamen de 30 céntimos y los discos duros, integrados o no en un dispositivo, de 12 euros. El canon digital en un principio es pagado por el fabricante y no el consumidor, pero en la práctica es el usuario el que paga la tasa. Con esta medida, se pretende compensar a los autores por los ingresos de dejan de percibir cuando se hace una copia de su obra. La orden ministerial de 2008 aumenta el número de dispositivos gravados (memorias, teléfonos, MP3, MP4, discos duros, etc), mientras que la anterior regulación sólo imponía una tasa sobre los CD, DVD, impresoras y grabadoras, aunque el canon era superior. Actualmente, tras la decisión de la Audiencia Nacional, la normativa que está en vigor es la de 2006. La asociaciones de autores y editores, sobre todo la SGAE (que fue la primera en contemplar este tipo de impuesto, aplicándolo sólo a la música y al cine aunque luego se extendió con la Ley Sinde) ha estado en continua lucha contra organizaciones como la Unión de Consumidores de España (UCE), cuyos usuario pedía que la parte proporcional al canon les fuese devuelta porque lo consideraban una medida “injusta” y que “"actúa como compensación preventiva por si el consumidor decide cometer un delito que atente contra la propiedad intelectual.” Por su parte el presidente de la UCE, José Ángel Oliván, hizo un llamamiento a las entidades que recibían dinero del canon a "desembolsar el dinero cobrado, porque de otra manera se estaría llevando a cabo un enriquecimiento ilícito". La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) calcula que la recaudación del canon -tanto en soportes analógicos como digitales- ascendería a más de cien millones de euros anuales. El 20 por ciento de esta recaudación se destina, por ley, a actividades culturales (como la formación, promoción y asistencia a los autores). El resto se reparte entre los asociados de las entidades de gestión.