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Ley de enfermos temporales

El Gobierno anuncia una ley de muerte digna que se aproxima a la eutanasia

Por Natalia CrespoTiempo de lectura1 min
Sociedad19-11-2010

El Congreso aprobará una enmienda a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para que la Seguridad Social pague una prestación a padres trabajadores para el cuidado de menores con enfermedades graves, durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.

Esta nueva prestación está pensada para una situación en la que ambos progenitores estén trabajando y dará cobertura a uno de ellos. El subsidio equivaldrá al 100 por cien de la base reguladora por incapacidad temporal. "Se exigirá que haya que dejar de trabajar al menos el 50 por ciento de la jornada. Si no es necesario dejar el 50 por ciento es que el cuidado no es tan intenso como el que se exige. Así que estamos pensando en solucionar aquellos cuidados que exigen más intensidad porque se necesita la reducción de la jornada prevista", ha explicado en declaraciones a los medios el ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez. Además, esta prestación contributiva se extinguirá cuando cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor o cuando éste cumpla los 18 años. En este sentido, los requisitos para el acceso a la nueva prestación por cuidado de hijos con enfermedad grave son los mismos que los establecidos para la maternidad contributiva: estar afiliado a la Seguridad Social y tener cubierto el periodo de cotización mínimo requerido. Es más, la gestión y el pago corresponderán a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales o a la Entidad Gestora con quien la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales. Esta nueva prestación, que se introducirá en la Ley de Presupuestos Generales de 2011 y por tanto entrará en vigor el 1 de enero, modifica tanto la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), así como el Estatuto de los Trabajadores. En concreto, el artículo 38 de la LGSS incorporará el "cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave", como situación comprendida en la acción protectora del Sistema de Seguridad Social.