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REFORMA DEL ABORTO

La ley de plazos despenaliza el aborto antes de las 14 semanas de gestación

Fotografía FOTO: www.bebe-aido.com

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Por Silvia Álvarez-BuyllaTiempo de lectura4 min
Sociedad26-09-2009

El Gobierno despenalizará el aborto si la mujer interrumpe su embarazo antes de las 14 semanas de gestación y permitirá que las menores de 16 años aborten si necesidad de dar explicaciones a sus padres. La reforma de esta ley está provocando grandes enfrentamientos en la sociedad. El principal partido de la oposición y los grupos provida creen que la nueva ley provocará que aumenten, aun más si cabe, los abortos en España y que este país siga siendo uno de los mayores paraísos abortistas de Europa.

Desde 1985, el aborto está penalizado en España, pero es legal si la mujer cumple alguno de los tres supuestos: grave peligro para la vida o salud física o psíquica de la embarazada, embarazo por violación y presunción de graves taras físicas o psíquicas para el feto. El problema es que los plazos para ejercer los abortos dentro de los supuestos citados son de doce semanas para el segundo caso y de 22 para el tercero. No obstante, no existe limitación temporal para el supuesto de grave riesgo físico o psíquico de la madre. Por esta razón, España se ha convertido en los últimos años en uno de los paraísos del aborto y mujeres de toda Europa acuden a abortar libremente a un país donde no van a ser juzgadas por ello. El Gobierno, a pesar de que no había introducido la reforma del aborto en su programa electoral de 2008, ha decidido que es el momento de solucionar el problema, pero en lugar de reformar la ley para impedir que mujeres de todo el mundo cometan el delito de abortar libremente amparadas en ese primer supuesto, ha optado por modificar la ley y cambiarla a un sistema de plazos. Sin embargo, la oposición, los grupos provida e incluso algunos miembros de su partido creen que la reforma de la ley agrava el problema. El Proyecto de Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo, aprobado en el consejo de Ministros de este sábado, establece que la mujer podrá abortar libremente hasta la semana 14 de gestación y de manera excepcional, hasta la semana 22, si estuviera en riesgo la vida o la salud de la embarazada o si hubiera graves anomalías en el feto. Además, fija en 16 años la mayoría de edad para decidir sin necesidad de contar con el permiso paterno. La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de La Vega, ha explicado que el texto aprobado este sábado establece que la vida prenatal "es un bien jurídico que merece una protección eficaz", pero que "se articula a través de la voluntad de las mujeres y no en contra". Por esta razón, la nueva ley no incluye pena de prisión para la mujer y protege la intimidad y confidencialidad de las chicas que aborten. Con esta reforma, el ministerio de Igualdad defiende que es necesario que la mujer pueda decidir ella sola y libremente si quiere tener a su hijo y no tiene en cuenta que en la concepción del nasciturus hay dos partes (el padre y la madre) que tienen derechos, pero también responsabilidades frente al mismo. El Gobierno cuenta, además, con la aprobación del Consejo de Estado que ha avalado el texto presentado por el Ejecutivo aunque cree conveniente que el plazo se establezca en 12 semanas porque es la "norma más extendida" en la Unión Europea y afirma que los padres deberían conocer la decisión de sus hijas, excepto cuando suponga “un grave conflicto familiar”. ¿Un derecho o un delito? La reforma de la Ley del Aborto mantiene dividida a la sociedad. Los expertos, los políticos y los ciudadanos la analizan desde sus concepciones morales, religiosas, sociológicas y políticas y es casi imposible que todos lleguen a un acuerdo de cómo se debería regular el aborto en España. El objetivo del ministerio Igualdad es modificar los artículos 145 y 417 bis del actual Código Penal en los que se establece el sistema de supuestos y se penaliza el aborto ya que ambos artículos afirman que “la mujer que produjere su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, fuera de los casos permitidos por la ley, será castigada con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses”. Así, con un sistema de plazos, el aborto realizado antes de las 14 semanas de gestión no sería un delito. El Partido Popular no está de acuerdo con la modificación de la ley y manifiesta que la recurrirán al Tribunal Constitucional ya que el artículo 15 señala que "todos tienen derecho a la vida". Además, recalca que el TC en su famosa sentencia 53/85 sobre el aborto, se pronunció con claridad sobre que la vida del nasciturus constituye un bien jurídico que debe ser protegido por el ordenamiento jurídico español. No opina igual el Consejo de Estado que se ha pronunciado a favor del texto remitido por el Ejecutivo y considera que encaja en la Constitución de 1978. Asimismo, el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha afirmado que es "plenamente constitucional y homologable a muchas otras que existen en otros países de nuestro entorno". “Lo necesitábamos, la sociedad española necesitaba poner orden porque sigue habiendo muchísimos embarazos no deseados en España y sigue habiendo muchas interrupciones de embarazos en nuestro país", recalcó. Sin embargo, la reforma de la ley pasa también por una educación moral y sexual y por informar a los jóvenes de los riesgos de abortar y de tomar libremente y cada semana la píldora del día después. Grupos Provida defienden, además, que los españoles prefieren abortar a dar a su hijo en adopción. De hecho, la mayoría de los niños españoles que se dan en acogimiento son hijos de familias inmigrantes que proceden de países donde es habitual tener al bebé y darlo en adopción antes de acabar con la vida del nasciturus.