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GUERRA CIVIL

La Audiencia Nacional paraliza la apertura de fosas ordenada por Garzón

Por Esteban del PozoTiempo de lectura3 min
España07-10-2008

Hay cuentos que se les narran a los niños que, a medida que avanzan los capítulos, más complicado se vuelve la trama argumental y más alejado se ve el desenlace. Algo muy parecido es lo que está sucediendo con la decisión del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón de revisar los crímenes de la Guerra Civil y del Franquismo.

El último capítulo de esta batalla jurídica dice que el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se reunió de manera extraordinaria y concluyó, por diez votos a favor y cinco en contra, paralizar la exhumación de los restos de los desaparecidos en fosas comunes, incluida la del poeta granadino Federico García Lorca, tal y como había autorizado el juez. Esta reunión plenaria urgente se produjo a partir de la petición de la Fiscalía, que es contraría a que esta instrucción parta de la Audiencia Nacional y acusa al magistrado de pretender llevar a cabo una “causa general prohibida por la Constitución”. La petición de la Fiscalía a la Sala se produjo después de que el propio Garzón, a pesar de encontrarse de baja, autorizase por medio de su compañero el juez Santiago Pedraz la apertura de otras seis fosas comunes, además de las 19 anteriormente solicitadas. Asimismo, garantizaba a la familia Lorca su presencia en la exhumación de la fosa del poeta. Ante esto, la única opción que le quedaba a la Fiscalía para detener las excavaciones era pedir al Pleno de la Sala de lo Penal que votase a favor de aplazar estas diligencias hasta que quede claro si es la Audiencia Nacional o los juzgados locales o regionales los encargados de llevar el asunto. Finalmente los magistrados decidieron con diez votos a favor y cinco en contra postergar la apertura de las fosas. La respuesta a esta decisión no ha sido todo lo favorable que se esperaba ya que los jueces que votaron en contra de la suspensión firmarán uno o más votos particulares discrepantes y el presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH), Emilio Silva, anunció que la organización recurrirá porque “se han incumplido normas básicas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que dicen que las partes tienen que estar informadas de los pasos”. Pulso jurídico Fue el pasado 16 de octubre cuando Garzón se declaró, a través de un auto, competente para entender de este asunto y revisar los asesinatos cometidos entre el año 36 y 75. Las denuncias que investiga el juez fueron presentadas desde julio de 2007 por 22 asociaciones de memoria histórica y diez particulares que solicitaron que se averiguara sobre las desapariciones, ¬sacas¬, asesinatos, torturas y exilios forzosos que se cometieron a partir de 1936 y por los que, a su juicio, debería responder el Estado ya que este estaría obligado a una reparación por la violación del Derecho Internacional. La Fiscalía basa su rechazo a la competencia de Garzón para investigar esta causa en la imposibilidad de indagar nada por la vía penal ya que la Ley de Amnistía del año 77 impide que ninguno de los actos delictivos republicanos o nacionales fuese considerado como tal. Por su parte, Garzón responde que hay delitos "de detención ilegal permanente sin dar razón del paradero, en el contexto de crímenes contra la humanidad" y eso le autorizaría a abrir el proceso. El otro pilar en el que se basa el Ministerio Público es la incompetencia de la Audiencia Nacional, y por tanto del juez, para investigar estos hechos ya que deberían ser los juzgados de los lugares en los que se cometieron estos crímenes porque en el momento en que se produjeron eran delitos comunes de asesinato, detención ilegal o lesiones, según el Código Penal de la República. No obstante, el magistrado afirma que todo comenzó con el alzamiento nacional, por tanto se trataría de un delito contra altos organismos de la nación y que no ha prescrito porque está unido con el de las desapariciones forzosas.