LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DERECHO A LA PRIVACIDAD
Telma Ortiz pierde su demanda contra los 57 medios de comunicación
Por Silvia Álvarez-Buylla Martínez
2 min
Comunicación19-05-2008
Telma Ortiz y su pareja el abogado Enrique Martín-Llop pierden su demanda interpuesta contra los 57 medios de comunicación en la que solicitaban medidas cautelares para que la prensa dejara de informar sobre su vida privada y se abstuviera de captar imágenes suya, salvo en actos oficiales. Sin embargo, la jueza ha desestimado la medida porque entiende que ambos son personas con “proyección pública”.
La pareja solicitaba medidas cautelares para que 57 medios de comunicación tuviesen prohibido de antemano “captar, publicar, distribuir, difundir, emitir o reproducir imágenes suyas” para evitar el “acoso insoportable” ejercido por determinados medios de comunicación, especialmente de “prensa rosa”, y para lograr preservar su imagen y su privacidad. Los 25 abogados que representaban a los medios de comunicación demandados alegaron que Telma Ortiz ha consentido que se la fotografiara cuando a ella le ha parecido conveniente y aseguraron que no se puede imponer la censura y negar la publicación de imágenes que todavía no han sido realizadas. Además, algún medio no entendió que estuviera sentado en el banquillo porque nunca difundió ninguna imagen de la hermana de la Princesa. Por su parte, el abogado de la pareja Fernando Garrido alegó que ninguno de los dos es un personaje público y apuntó la irrelevancia de algunas informaciones publicadas sobre ellos. Además, afirmó que la hermana de doña Letizia Ortiz ha tenido que vivir su posparto “a escondidas en un infierno” y pidió el mismo trato para ellos que el de los hermanos de los presidentes del Gobierno a los cuales se les desconoce. Pese a todo, la jueza María Lourdes Pérez desestimó las pretensiones de Telma Ortiz Rocasolano y calificó de “evidente” la “inviabilidad jurídica” de su solicitud por considerar que la demandante sí tiene proyección pública. El texto señala además que “se interesa la condición de proyección de particular sin proyección pública, cuando a renglón seguido se admite y reconoce que participan de hechos y actos que sí la tienen”. Asimismo, la jueza establece que los demandantes deberán pagar a los medios las costas del proceso, que podrían ascender a más de 42.000 euros. Además, la pareja seguirá viviendo el acoso de los medios de comunicación ya que un día después de que la demanda fuese desestimada ya volvía a haber cámaras frente al domicilio de Telma Ortiz y el tema fue tratado en todas las televisiones y programas de radio.