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ILEGALIZACIONES

El TS frena los pies al Gobierno al no dictar la suspensión de ANV y PCTV

Fotografía
Por Angie RigueiroTiempo de lectura2 min
España09-02-2008

La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha rechazado la mayor parte de las medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado contra Acción Nacionalista Vasca (ANV) y el Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV). Sólo ha atendido a dos de ellas: la suspensión de subvenciones y ayudas públicas a ambas formaciones abertzales y la prohibición a ANV de presentarse a las elecciones generales del 9 de marzo.

Una prueba de que el Tribunal Supremo no se ha dejado influenciar por ningún condicionante externo a la hora de abordar esta cuestión es que ni siquiera la prohibición para ANV de acudir a los comicios contó con el respaldo de todos los magistrados. La razón es que, al haber suspendido el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón esa misma mañana las actividades de la marca abertzale, algunos componentes de la Sala del 61 consideraron que ya no era urgente abordar esa cuestión como medida cautelar. Este es el resultado de muchas horas de deliberación tras dos vistas en las que se analizaron por separado las demandas del Ministerio Público y la de la Abogacía. En la segunda vista, los representantes de ANV no llegaron a personarse para exponer sus argumentos ya que paralelamente Garzón ya había dictado en ese momento la orden de suspensión en la Audiencia Nacional. Y es que la decisión de la sala del 61 no afecta a la resolución adoptada anteriormente por Garzón sobre la suspensión de las actividades de ambos partidos durante tres años por su presunta vinculación con ETA-Batasuna. El motivo: se trata de una vía penal. Además de la suspensión de actividades de ambos partidos, las medidas cautelares reclamadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado iban, desde el embargo de sus cuentas corrientes, depósitos, activos financieros e ingresos que por subvenciones u otros conceptos procedentes de las Administraciones Públicas tenga asignados hasta el cierre de sus sedes. Además, a pesar de que el PCTV no ha presentado candidaturas para las elecciones del próximo 9 de marzo, en la demandas se solicitaba al TS la suspensión de su derecho a presentarse a los procesos electorales. A este respecto la sala del 61 ha concluido que "carece de objeto" tal solicitud por no ser una realidad la presentación del PCTV a las elecciones. Además, la suspensión de actividades que perseguían los servicios jurídicos del Estado incluía la disolución de los ayuntamientos en los que gobierna ANV tras el 27-M y la del grupo parlamentario de nueve escaños que el PCTV mantiene en la Cámara Vasca desde las elecciones autonómicas de 2005. No obstante, el Alto Tribunal ha afirmado que considera “desproporcionado suspender ahora las actividades de esta formación, pues el peligro que puede representar la permanencia en la vida pública durante unos meses de un partido inscrito en el Registro de Partidos Políticos en el año 1977 no puede anteponerse al que supone impedirle toda actividad mientras se tramita el procedimiento”. Esto significa que, a pesar que la ilegalización sigue su curso, los magistrados de la sala del 61 no han procedido a suspender estas actividades mientras se tramitan las ilegalizaciones.