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El Gobierno y la oposición trabajan para dotar de más instrumentos a la lucha contra ETA

Por La SemanaTiempo de lectura2 min
España06-11-2001

Además de la orden de busca y captura europea, el PP y el PSOE han propuesto enmiendas a la definición de terrorismo que ha redactado el Consejo de Europa. El objetivo es que los grupos con intenciones de delinquir no puedan eludir la justicia cuando cambian de nombre.

Si la orden de busca y captura europea estuviese en vigor, el dirigente de Gestoras por Amnistía, Juan Maria Olano, probablemente no estaría huido de la justicia. El juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, ordenó el miércoles 31 de octubre la detención de 13 miembros de Gestoras por considerar que esta organización trabaja subordinada a las órdenes y al servicio de ETA. El viernes siguiente, ordenaba la prisión de 11 de los detenidos. Juan María Olano no se encontraba en su casa en el momento de la detención, y logró burlar la operación policial. Pero días después participaba en una manifestación en Bayona (Francia) en protesta contra la detención de sus compañeros de Gestoras. No pudo ser detenido porque la INTERPOL aún no había cursado la orden internacional de busca y captura necesaria para su arresto. Esta orden sólo puede efectuarse después de que un juez haya dictado auto de prisión. Para evitar este retraso burocrático, que dificulta la eficacia de la lucha antiterrorista, Europa está trabajando para que la orden de busca y captura de un juez tenga vigor en toda la Unión. La definición de terrorismo que la Unión Europea redacte influirá también en la capacidad de los terroristas de burlar la justicia o no. El Consejo de Europa ha definido en un Documento Marco como “grupo terrorista” aquella “organización estructurada creada para un cierto periodo de tiempo, por más de dos personas, que cometa alguna de las acciones terroristas” que se definen en el propio Documento. El PP y el PSOE consideran que esta definición es muy restringida pues exige que, para que un grupo pueda calificarse de “terrorista”, esté registrado, tenga un Consejo de Administración y roles asignados a cada uno de sus miembros. No podría perseguirse a la organización Segi, heredera de la ilegalizada Haika, por ser jurídicamente organizaciones diferentes. La enmienda propone que se considere como “grupo terrorista” a “una asociación creada para cometer directamente un delito, que no tiene necesariamente roles definidos para sus miembros, ni una continuidad en su composición, ni una estructura elaborada”. Así, cualquier grupo dispuesto a cometer delitos podría ser perseguido aunque cambiara su nombre.