TRABAJO
La jornada laboral de los europeos se reduce a un máximo de 48 horas semanales
Por Nieves Abancéns2 min
Economía14-05-2005
En Inglaterra se denomina opt-out a la práctica que permite extender el tiempo de trabajo de los empleados por encima de 48 horas semanales, una práctica muy común en Gran Bretaña. El opt-out es un tipo de contrato que, dadas sus características, lo tendría muy fácil para extenderse entre los 10 países del este de Europa que se han incorporado recientemente a la UE.
El diputado socialista Alejandro Cercas dice que quien busca trabajo en ocasiones acepta estas condiciones para obtener el puesto, pero esto contradice “los principios fundamentales de protección de la salud y la seguridad”. Por eso, ha presentado y conseguido que el Parlamento Europeo saque adelante una propuesta para limitar la jornada laboral a 48 horas semanales. Ésta será ahora remitida al Consejo de la UE, donde los 25 estados miembros deberán analizar el texto y adaptarlo o modificarlo para reenviarlo al Parlamento, que se pronunciará de nuevo en una segunda votación vinculante. La votación de la directiva que regula el trabajo fue muy reñida, ya que obtuvo 378 votos a favor, 262 en contra y 15 abstenciones. Esta situación muestra las diferencias que hay entre los países miembros sobre este asunto, es decir, el futuro modelo laboral de la UE. En el Consejo existen tres grupos con ideas distintas al respecto: uno que apoya a Bruselas y su búsqueda de excepciones reguladas a ese techo de 48 horas semanales; el segundo, encabezado por el Reino Unido pide menos trabas para recurrir a las opt-out; y el tercer grupo lo forman España y Francia y reclaman la supresión de esta práctica. A pesar de haber sido aprobada la directiva, el texto deja la posibilidad de que las horas laborales puedan computarse de forma distinta. De esta forma, se permitirá que la contabilidad se realice de forma anual y no semanal, de modo que un empleado pueda superar las 48 horas durante algunas semanas. Pero más adelante habría que compensar esta extensión de la jornada con otras más cortas para que el cálculo final no exceda de las 48 horas semanales máximas marcadas en la reforma. En el campo de la salud, en las guardias médicas se reconocerán las horas inactivas como de trabajo, aunque “por convenio colectivo o por ley” las inactivas podrán ser computadas de forma específica.