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SANIDAD

El Gobierno aprueba el proyecto de Ley de Prevención del Tabaquismo

Por Alfredo L. ZamoraTiempo de lectura2 min
Sociedad22-04-2005

Con el objetivo de reducir el número de fumadores en cuatro millones en los próximos diez años, el Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley presentado por el Gobierno en el que se endurece la normativa vigente sobre tabaquismo, considerada una de las más permisivas de la Unión Europea.

La ley prevé fuertes penalizaciones económicas a quien infrinja las normas. Las cantidades van desde los 30 euros, si los fumadores incumplen la normativa sin ser reincidente, hasta los 600.000 euros para quien publicite, promocione o patrocine productos de trabajo. Además se prevén multas de entre 601 a 10.000 euros para quien venda u ofrezca tabaco a menores de edad, o a quien les permita comprar cigarrillos en máquinas expendedoras. Entre las nuevas normativas está la de la venta exclusiva de tabaco en estancos o en máquinas expendedoras autorizadas. Además, los estancos no podrán estar ubicados en estancias o dependencias públicas, como tampoco podrán estar en lugares donde no se permita el consumo. Las máquinas expendedoras sólo podrán ubicarse en los locales donde no esté prohibido fumar, y en un lugar donde puedan ser controladas por los propietarios. Los dueños de bares y restaurantes con menos de 100 metros cuadrados podrán decidir si es puede fumar o no en el local, opción que debe quedar reflejada en la entrada del mismo. Los restaurantes que cuenten con zona de fumadores y no fumadores, debe separar físicamente ambas localizaciones y contar con un sistema de ventilación independiente. La normativa establece la prohibición absoluta de fumar en centros de trabajo públicos y privados, centros sanitarios y docentes, instalaciones deportivas cubiertas, bibliotecas, museos, zonas destinadas a la atención directa al público, centros comerciales y grandes superficies, centros de ocio para menores, áreas donde se elabore y prepare comida, ascensores, cabinas telefónicas, cajeros automáticos y otros espacios de menos de cinco metros, además de los medios de transporte colectivos y estaciones de servicio. También se establecen lugares en los que, pese a la prohibición de fumar, se pueden habilitar zonas destinadas para los fumadores. Estos son los teatros, cines, estaciones de tren, puertos, aeropuertos, centros penitenciarios, hoteles, hostales, salas de fiestas, bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados con superficie útil destinada a clientes superior a 99 metros cuadrados. En la actualidad la publicidad de tabaco sólo está prohibida en televisión y en la radio pública. La nueva ley extiende la restricción a toda clase de publicidad, promoción y patrocinio del tabaco en todos los medios, incluida la prensa, excepto en las publicaciones profesionales del sector. Una nueva ley que, si finalmente es aprobado por el Parlamento, entrará en vigor el 1 de enero del próximo año, equiparando la dureza de la normativa española a la del resto de países europeos.