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Internet

Condenan al dueño de una web que pirateaba series y peliculas

Por Carlos Martínez de Leyva Tiempo de lectura3 min
Comunicación08-11-2013

La titular del juzgado de lo penal número cuatro de Castellón, Tomasa Olivas, ha condenado al propietario del site "Bajatetodo.com", David León Marín, a dieciocho meses de cárcel, según un comunicado de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP). La sentencia impone a David León una inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier actividad relacionada con la creación y gestión de páginas web durante tres años y una sanción superior a los 21.000 euros por "un delito continuado contra la propiedad intelectual".

David León Marín, que tiene diez días para recurrir la sentencia, deberá indemnizar a la Asociación de Productores de Música de España (PROMUSICAE), a ADESE y a varios distribuidores cinematográficos, con cantidades entre 21.116,70 euros para la primera hasta 7.892,10 euros para la SGAE. Estas cantidades coinciden con las solicitadas por dichas entidades y se basan en sus propias pruebas periciales. La juez le considera responsable de las webs "bajatetodo, bajateseries", "bajartodogratis", "solodvdrip", "bajateanime"y "trackerbajatetodo.com", donde había enlaces a contenidos ilegales de música, videojuegos para consolas, películas y programas de ordenador, según la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP). La sentencia, iniciada en 2006 por las denuncias de Promusicae y la FAP, afirma que se ha probado que en las webs administradas por David León, "se ponían a disposición de los usuarios de Internet contenidos protegidos por los derechos de propiedad intelectual sin la autorización de sus legítimos titulares con ánimo de lucro y en perjuicio de terceros". Según él, León tenía otras personas que también administraban esas ciberpáginas. La FAP recuerda que esta sentencia está acorde con otras sentencias previas de Valencia y Vizcaya e incide en la ilegalidad de la actividad de David León al considerarla un acto de "comunicación pública" : "No se trata de valorar si el contenido al que acceden es ilícito, sino de valorar su actividad, es decir, si con su actividad los acusados realizan un acto de comunicación pública", explica la magistrada. "Con su intervención técnica y tras haber indexado, clasificado y comentado las obras, lo que hacía era poner a disposición de manera directa la descarga… era su labor directa y no su labor de intermediación lo que resultaba el resultado de acceso a la obra en cuestión". Para el director general de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP). José Manuel Tourné, "la importancia de esta sentencia radica en que ratifica lo que otros jueces españoles también han estimado y que nosotros siempre hemos mantenido en nuestra defensa de la propiedad intelectual, que es que enlazar es un acto de puesta a disposición del usuario de Internet de contenidos ilícitos y ser considerado como un delito continuado contra la propiedad intelectual". La magistrada afirma que se puede hablar de "comunicación pública" y "ánimo de lucro", requisitos para condenarle por un delito contra la propiedad intelectual. Para ello, se basa en una sentencia de Valencia - basada en otra de Vizcaya-, que considera que el condenado no sólo era un intermediario y no puede ampararse en que no sabía que su conducta era ilícita (una exención de responsabilidad según el artículo 17 de la Ley de servicios de la Sociedad de la Información), sino que era consciente por su actividad técnica y "tras haber indexado, clasificado y comentado las obras, lo que hacía era poner a disposición de manera directa la descarga". Además según la Brigada de Información Tecnológica (BIT) de la Policía Nacional, León ganó (publicidad y un acuerdo de cesión de listas de correos)11.700 euros. La sentencia del 4 de noviembre ha sido distribuida un día después de que la ex ministra de Cultura Ángeles González-Sinde se mostrase en contra de utilizar penas de cárcel para los responsables de las web de enlaces, contra los que impulsó medidas como la 'Ley Sinde'.