Nacional  La Semana que vivimos - Del 5 al 11 de marzo de 2001 - Número 198  

El Supremo da un paso más en su pugna
con el Gobierno por el indulto a Liaño

Roberto Díez Yagüe.- La decisión del Tribunal Supremo implica que debe ser el Tribunal de Conflictos Jurisdiccionales el que resuelva si el Ejecutivo actuó correctamente al incluir en la medida de gracia la orden de que Liaño volviera a la carrera judicial o si, como sostiene el Supremo, esa parte de su perdón no se puede aplicar porque incumple la propia ley del Indulto.

Sólo el conservador Roberto García-Calvo votó en contra de rechazar la petición de inhibición. Según su tesis (que fechas atrás llegó a ser compartida por tres magistrados más, que en esta ocasión modificaron su criterio para lograr el consenso) únicamente la Sala Tercera del Supremo, como órgano encargado de resolver los asuntos contencioso-administrativos, es competente para revisar las resoluciones del Gobierno (en este caso, el Consejo del Ministros) en detrimento de la jurisdicción penal.
El siguiente paso de la Sala Segunda será remitir un oficio, a principios de esta semana, al Ministerio de Justicia, "anunciándole que queda así formalmente planteado el conflicto de jurisdicción". Ese mismo día deberá hacer llegar al tribunal especial todas las actuaciones que haya realizado en relación con la concesión del indulto a Gómez de Liaño y su posterior ejecución, tarea que también deberá cumplimentar el Gobierno. A partir de ese momento, el órgano encargado de este procedimiento deberá dilucidar si admite o no a trámite el incidente.
En el debate de la pasada semana, algunos magistrados apuntaron las "dificultades constitucionales" que presentaría un fallo del Tribunal de Conflictos contrario a su criterio y favorable al Gobierno. Recordaron que el artículo 123 de la Carta Magna reconoce al Tribunal Supremo como "órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes" salvo en el Constitucional. Este planteamiento cuestiona la constitucionalidad del órgano de resolución de conflictos.
[8-3-2001]


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